REFUGIADAS POR VIOLENCIA DE GÉNERO EN BRASIL: VIOLENCIA, MIGRACIÓN Y VICEVERSA
Resumo
La incorporación de mandatos del Derecho Internacional de los Refugiados se llevó a cabo en Brasil con la adopción de la Ley número 9.474, que garantiza el reconocimiento de la condición de refugiado a todo individuo que, por temores fundados de ser perseguido en su paÃs de origen por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social u opiniones polÃticas o debido a la grave y generalizada violación de los derechos humanos. Sin embargo, esta norma no contempla especÃficamente como motivo persecutorio el género ni hace alusión a uno de los grupos más susceptible de ser vÃctima de violaciones graves y generalizadas de sus derechos: las mujeres. En este artÃculo se argumenta, con base en normas recientes del Derecho Internacional, que debe haber el reconocimiento en Brasil del fallo condenatorio extranjero de violencia intrafamiliar permitiendo el acceso de la vÃctima refugiada en un corto plazo a medidas de protección y servicios, bien como la rápida reagrupación familiar de la solicitante de asilo o asilada vÃctima de violencia doméstica sin exigencia de cumplimiento de plazos u otras condiciones.
Palabras clave: Brasil; Derecho Internacional; Persecución por razón de género; Refugiadas; Violencia doméstica.